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Política Anticorrupción
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Documento aprobado por la Junta Directiva de APYME El Hierro en sesión de 21 de septiembre de 2026. Vigente hasta su revisión o sustitución.
1. Declaración de principios
APYME El Hierro manifiesta su compromiso de tolerancia cero frente a la corrupción, el soborno, el fraude y cualquier práctica irregular en la gestión de sus actividades y, en particular, de los fondos públicos que recibe. Este compromiso vincula a los miembros de la Junta Directiva, al personal y a las personas y entidades que colaboran con la asociación.
2. Conductas prohibidas
- Ofrecer, prometer, entregar, solicitar o aceptar pagos, regalos o ventajas de cualquier clase con el fin de obtener o conservar un trato de favor, una subvención, un contrato o una decisión.
- Facilitar información falsa o incompleta a las Administraciones concedentes, o desviar fondos de subvenciones a fines distintos de los autorizados.
- Fraccionar contratos, simular ofertas o favorecer a proveedores vinculados en la ejecución de actividades subvencionadas.
- Utilizar la posición en la asociación para obtener beneficios personales o para terceros vinculados.
- Ocultar conflictos de interés o incumplir el deber de abstención.
3. Medidas de prevención y control
- Doble firma o autorización de la Presidencia y la Tesorería para los pagos de la asociación, y conciliación periódica de las cuentas bancarias.
- Selección documentada de proveedores en actividades subvencionadas, con solicitud de al menos tres ofertas cuando lo exija la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
- Justificación de las subvenciones con facturas y justificantes de pago originales y, cuando proceda, verificación por auditor inscrito en el ROAC.
- Declaración de ausencia de conflicto de interés de los miembros de la Junta Directiva en los expedientes de subvención en que intervengan.
- Publicación en el Portal de Transparencia de las subvenciones recibidas, su importe, objeto y estado de ejecución.
- Conservación de la documentación económica durante los plazos legalmente exigidos.
4. Canal de denuncias
Las sospechas de corrupción o fraude pueden comunicarse de forma confidencial a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. (asunto «Canal de denuncias») o por escrito a la Presidencia. Se garantiza la confidencialidad de la identidad de quien comunique de buena fe y la prohibición de represalias, conforme a la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. Las comunicaciones se investigarán y, en su caso, se pondrán en conocimiento de las autoridades competentes.
El funcionamiento detallado del canal y los principios del procedimiento de gestión se describen en la página Canal interno de información (Ley 2/2023).
5. Consecuencias del incumplimiento
El incumplimiento de esta política conllevará la adopción de las medidas disciplinarias previstas en los estatutos, incluida la separación del cargo o de la asociación, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, administrativas o penales que correspondan.
6. Vigencia y revisión
Esta política entra en vigor con su aprobación por la Junta Directiva, se comunica a los socios y colaboradores y se revisa al menos cada tres años o cuando cambie la normativa aplicable.
Información publicada en cumplimiento de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de Transparencia y de Acceso a la Información Pública de Canarias. Última actualización: 14/10/2026. Los documentos que contienen datos personales de terceros se publican con dichos datos anonimizados.


